Rubros Aplicables a la Página de Internet
El enlace externo abre una nueva pestaña o ventana.I. Normatividad Aplicable.
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X. El número total de las plazas y del personal de base y confianza, especificando el total de las vacantes, por nivel de puesto, para cada Área.
XI. Las Contrataciones de Servicios Profesionales por Honorarios.
XII. La Información en Versión Pública de las Declaraciones Patrimoniales, de los Servidores Públicos que así lo Determinen, en los Sistemas Habilitados para ello de Acuerdo a la Normatividad Aplicable.
XIII. El nombre, domicilio de la Unidad de Transparencia y de los servidores públicos encargados del Comité de Transparencia, además de la dirección electrónica donde podrán recibirse las solicitudes para obtener la información.
XIV. Las Convocatorias a Concursos para Ocupar Cargos Públicos y los Resultados de los Mismos.
XV. La Información de los Programas de Subsidios.
XVI. Las condiciones generales de trabajo, versión pública de los contratos o convenios que regulen las relaciones laborales del personal de base o de confianza, así como los recursos públicos económicos, en especie o donativos, que sean entregados a los sindicatos y ejerzan como recursos públicos.
El enlace externo abre una nueva pestaña o ventana.XVII. La información curricular, desde el Titular del sujeto obligado hasta el nivel de jefe de departamento o equivalente, o de menor nivel, así como, en su caso, las sanciones administrativas de que hay sido objeto
XVIII. El listado de servidores públicos con sanciones administrativas definitivas, especificando la causa de sanción y la disposición
XIX. Los servicios que ofrecen y los programas que administra, señalando los requisitos para acceder a ellos
XX. Los trámites, requisitos y formatos que ofrecen
XXI. La información financiera en términos de la Ley General de Contabilidad Gubernamental, las normas expedidas por el Consejo Nacional de Armonización Contable y la Ley del Órgano de Fiscalización Superior del Estado y demás normatividad aplicable, incluyendo además la información financiera sobre el presupuesto asignado, la cuenta pública.
XXII. De forma enunciativa, más no limitativa, se deberá publicar lo siguiente: a. Los instrumentos jurídicos relativos a la contratación de Financiamientos y Obligaciones; b. Los documentos de análisis comparativos de las propuestas que incluyan las ofertas que representen las mejores condiciones de mercado, en la contratación de los financiamientos y obligaciones en términos de lo previsto por la Ley de Disciplina Financiera.
XXIII. Los montos destinados a gastos relativos a comunicación social.
XXIV. Los informes de resultados de las auditorías.
XXV. El resultado de la dictaminación de los estados financieros.
XXVI. Los montos, criterios, convocatorias y listado de personas físicas o morales a quienes, por cualquier motivo, se les asigne o permita usar recursos públicos.
XXVII. Las concesiones, contratos, convenios, permisos, licencias o autorizaciones otorgados.
XXVIII. La información de los resultados sobre procedimientos de adjudicación directa, invitación restringida y licitación de cualquier naturaleza, incluyendo la Versión Pública del Expediente respectivo y de los contratos celebrados.
XXIX. Los informes que por disposición legal generen los sujetos obligados, el área responsable y el fundamento legal que obliga a su generación.
XXX. Las estadísticas que generen en cumplimiento de sus facultades, competencias o funciones con la mayor desagregación posible.
XXXI. Informe de avances programáticos o presupuestales.
XXXII. Padrón de proveedores y contratistas.
XXXIII. Los convenios de coordinación que celebren con la federación, otros estados o municipios, partidos políticos, instituciones de enseñanza o cualquier organización y los de concertación con los sectores social y privado.
XXXIV. El inventario de bienes muebles e inmuebles en posesión y propiedad.
XXXV. Las recomendaciones emitidas por los órganos públicos del Estado Mexicano u organismos internacionales garantes de los derechos humanos, así como las acciones que han llevado a cabo para su atención.
XXXVI. Las resoluciones y laudos que se emitan en procesos o procedimientos seguidos en forma de juicio.
XXXVII. Los mecanismos de participación ciudadana.
XXXVIII. Los programas que ofrecen, incluyendo información sobre la población, objetivo y destino, así como los trámites, tiempos de respuesta, requisitos y formatos para acceder a los mismos.
XXXIX. Las actas y resoluciones del Comité de Transparencia de los sujetos obligados.
XL. Todas las evaluaciones, y encuestas que hagan los sujetos obligados a programas financiados con recursos públicos
XLI. Los estudios financiados con recursos públicos.
XLII. El listado de jubilados y pensionados y el monto que reciben.
XLIII. Los ingresos recibidos por cualquier concepto señalando el nombre de los responsables de recibirlos, administrarlos y ejercerlos, así como su destino.
XLIV. Donaciones hechas a terceros en dinero o en especie.
El enlace externo abre una nueva pestaña o ventana.XLV. El catálogo de disposición y guía de archivo documental.
XLVI. Las actas de sesiones ordinarias y extraordinarias, así como las opciones y recomendaciones que emitan, en su caso, los consejos consultivos.
XLVII. Para efectos estadísticos, el listado de solicitudes a las empresas concesionarias de telecomunicaciones y proveedores de servicios o aplicaciones de internet para la intervención de comunicaciones privadas, el acceso al registro de comunicaciones y la localización geográfica en tiempo real de equipos de comunicación, que contenga exclusivamente el objeto, el alcance temporal y los fundamentos legales del requerimiento, así como, en su caso, la mención de que cuenta con la autorización judicial correspondiente.
XLVIII. El seguimiento de las obligaciones de responsabilidades hacendarias establecidas en los convenios sobre los niveles de endeudamiento elevado de los entes públicos, respectivos.
XLIX. Cualquier otra información que sea de utilidad o se considere relevante, además de la que, con base en la información estadística, responda a las preguntas hechas con más frecuencia por el público.
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